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MINEDU cesará a docentes que falten a dictado de clases

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El Ministerio de Educación (MINEDU) publicó el decreto supremo Nro. 007-2015-MINEDU en el cual modifica el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, incluyendo nuevas disposiciones, en las cuales señala el cese de los docentes que falten al dictado de clases.

La norma precisa que si un docente falta injustificadamente 3 días consecutivos a su centro laboral o 5 alternados en un periodo de 2 meses, será cesado temporalmente de su puesto de trabajo, medida con la que se pretende evitar las ausencias de los docentes en los planteles.

Asimismo, se incorporó la separación temporal y el retiro definitivo de profesores que sean denunciados por: cometer maltratos físicos y psicológicos, hostigamiento sexual, concurrir en estado de ebriedad o tener denuncia por violación, apología al terrorismo, corrupción, etc.

Durante el periodo de la separación preventiva o retiro, el jefe de personal de la instancia de cada UGEL debe garantizar la prestación del servicio en la institución educativa mientras duren las investigaciones. Aquí, la remuneración continúa hasta que se determine la responsabilidad.

 

fuente : los andes